PROYECTO GENERAL DEL SERVICIO DE “ConciliAres” (SERVICIO DE CONCILIACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ARES PARA JULIO Y AGOSTO de 2022)

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INTRODUCCIÓN:

Galicia es un referente en las actividades de educación no formal, ocio educativo y tiempo libre que se programan, de forma mayoritaria, durante los meses de verano. Se programan cientos de actividades a lo largo de nuestro territorio con el objetivo de ofrecer un recurso de educación en el tiempo libre para niños/as y chicos/as, y de conciliación para las familias gallegas durante la época estival.
Qué es este Servicio?
El Servicio «Conciliares» es una actividad lúdico-educativa, donde los niños pueden realizar actividades adaptadas y divertidas a la vez que aprenden y se desarrollan, ayudando así también a las familias a conciliar su vida laboral y familiar.

Este servicio lo realiza el Ministerio de Servicios Sociales, siguiendo un estricto orden de selección según los criterios de acceso (página 5), y donde se da prioridad a los casos de emergencia social ya aquellas familias en las que trabajan ambos padres.
Además, para un correcto funcionamiento del servicio tendremos:

– Varios educadores (según lo exija la normativa vigente) con la titulación necesaria para el desempeño del trabajo.
– Un/a limpiador/a-coordinador/a covid-19, quien estará disponible en todo momento para la higienización de los espacios donde se desarrollen las actividades, y avisaría a las autoridades correspondientes si hubiera un posible caso de covid.

OBJETIVOS DEL SERVICIO:

Objetivos generales:
– Fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar de los usuarios.
– Contribuir a la formación integral de las personas seleccionadas, potenciando la oferta de actividades educativas, deportivas, artísticas, de ocio, de promoción de la salud y de desarrollo personal.
– Fortalecer valores y actitudes, así como el desarrollo de la autonomía personal y la superación de dificultades.
– Fomenta el uso de actividades lúdicas como recurso educativo y creativo en el tiempo libre.
– Facilitar la maduración de la personalidad de los niños y niñas en sus diferentes áreas: cognitiva, psicomotriz y psicosocial.
– Apoya la coordinación con el tejido asociativo en todos los niveles municipales.
– Fomentar hábitos de respeto, convivencia, igualdad y solidaridad, potenciando los valores positivos del pluralismo, la tolerancia, la coeducación y el respeto a la diversidad.

Objetivos Específicos:

– Promover estilos de vida saludables.
– Fomentar actitudes y valores de igualdad de género.
– Conseguir que las personas seleccionadas adquieran mayor autonomía y responsabilidad en la organización de su tiempo libre.
– Desarrollar la autoestima de nuestros niños y niñas
– Mejorar las relaciones entre niños y niñas y ayudarles a adquirir habilidades sociales y de comunicación.
– Favorecer la sensibilidad, la curiosidad y la creatividad de las personas seleccionadas.
– Facilitar la toma de decisiones.
– Favorecer la autonomía personal de niños y niñas.
– Promover la resolución pacífica de los conflictos.
– Destacar cualquier dificultad/es que puedan condicionar el aprendizaje en las materias instrumentales básicas.
– Favorecer el desarrollo cognitivo, psicomotor, afectivo-social y de la personalidad de niños y niñas a través de juegos y actividades lúdicas adecuadas a cada edad.
– Proporcionar a los niños un espacio especializado en el juego, donde aprender jugando, divertirse, desarrollar la imaginación y la creatividad junto a su grupo de iguales es lo más importante.
– Facilitar la integración y el desarrollo de niños y niñas con necesidades educativas especiales o en situación de emergencia social a través del juego, ya que es un elemento integrador que les permite adquirir rutinas, normas sencillas, valores sociales y de convivencia, etc.
– Consolidar los conocimientos académicos básicos que adquieren en la escuela a través de una metodología lúdica.

Todo ello, a través de una serie de actividades que describiremos más adelante y para las que seguimos una serie de criterios:
– Adaptación a los principios educativos.
– Consideración de los objetivos, destacando sobre todo las medidas sanitarias existentes.
– Motivación para el aprendizaje significativo.
– Coherencia pedagógico-didáctica.
– Fomentar actitudes solidarias con la realidad social y cultural.
– Consolidación de comportamientos basados en valores humanos.

Destinatarios

Niños de 3 a 12 años (ver punto de acceso y criterios de preferencia)
40 plazas por quincena.

HORARIO

El horario es el siguiente:
Julio y Agosto de 8:30 a 14:30 h. de lunes a viernes, excepto festivos.

INSTALACIONES

Esta actividad se realiza:
• Pista cubierta CPI As Mirandas.
• Aulas Escolas do Lago.

CRITERIOS DE ACCESO Y PREFERENCIA DE SERVICIO:

Dado que el Servicio «Conciliares» es un servicio destinado a facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, los criterios de acceso seguirán el siguiente orden:

• Niños empadronados en el Municipio de Ares con uno de los padres trabajando (periodización de los casos en los que ambos padres trabajan).
• Niños registrados con informe previo de Servicios Sociales.
• Niños no empadronados en el Municipio de Ares con ambos padres trabajando y al menos uno de los padres trabajando en el municipio de Ares.
• Niños no empadronados y sin padre o madre trabajando en Ares en el caso de no cubrir las plazas ofertadas; la escala será la de los ingresos.

Anotaciones:
• Se dará prioridad a aquellas unidades familiares que cuenten con un mayor número de miembros solicitando esta actividad.
• El orden de las listas de participantes dentro de cada punto anterior vendrá dado por los ingresos de la unidad familiar (de menor a mayor) y priorizando los inscritos.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

Las familias interesadas, dentro del plazo de solicitud, deberán presentar la solicitud mediante registro electrónico a través de la página web

www.concellodeares.gal

• Ficha de inscripción cumplimentada.
• Autorizaciones de salida y de imagen.
• Comprobante de ingreso bancario una vez admitido a la actividad.
• Declaración de la renta del ejercicio 2020, o en el caso de que no esté obligado a presentarla, certificación de la AEAT que acredite este hecho además de los datos fiscales contenidos en la AEAT en los que conste la renta anual de la unidad familiar durante 2020 se puede observar.
• Fotocopia del DNI del hijo o, en su defecto, fotocopia de la hoja donde aparece en el libro de familia.
• Fotocopia de la cabecera de nómina, contrato en vigor de los padres o cualquier otro documento legal que acredite la situación de empleabilidad de los padres y horarios (autónomos u otros).
• Certificado de convivencia.
• Fotocopia del carné de familia numerosa, en su caso.
• Certificado médico de alergias o problemas médicos a tener en cuenta por el monitor, y avisar si las niñas o niños están registrados como casos de alerta escolar en el SERGAS.
• Informe emitido por el Ministerio de Servicios Sociales, en su caso.
• Convenio regulador de separación o divorcio en su caso/sentencia judicial.

Al finalizar el plazo de inscripción, se publicará en la página web del ayuntamiento, en el apartado dedicado a la actividad, la relación provisional de personas admitidas y excluidas, pudiendo formularse objeciones en el plazo de dos días hábiles. Una vez revisadas las alegaciones realizadas, se publicará la lista definitiva.

En el caso de que exista más demanda que oferta de plazas, se formará una lista de espera siguiendo los mismos criterios anteriores.

En caso de que se produzca un cambio en las circunstancias laborales de uno de los progenitores entre el momento de la solicitud y la publicación de la resolución definitiva, las familias podrán solicitar la incorporación de nuevos justificantes para su valoración.
TARIFA:
Ver tarifas sobre bases en pdf

Para el cálculo de la tarifa se tendrá en cuenta la renta per cápita mensual referida al IPREM vigente, entendiendo por tal el resultado de dividir la suma de los ingresos anuales totales de la unidad familiar entre 12 meses y su resultado entre los miembros que la componen.
A los efectos de este reglamento, se considera renta la suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro. Para las personas no obligadas a declarar, las bases imponibles a que se hace referencia se obtendrán como consecuencia de la documentación económica aportada.

Excepcionalmente, si la unidad familiar alega una disminución del 20% o más en sus ingresos durante más de cuatro meses consecutivos y se mantuvieran a la fecha de inicio del período de solicitud respecto de los ingresos declarados en la declaración de IRPF del año anterior al año anterior. en el que solicite el servicio, podrá aportar esta documentación acreditativa de dicha circunstancia para que se tenga en cuenta la valoración.

La renta per cápita familiar comprenderá la renta de todos los miembros que integran la unidad familiar dividida por el número de miembros computables.
A los efectos de las presentes bases, se considera que integran la unidad familiar:

– Los padres no separados legalmente y, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.
– Los hijos menores, con excepción de los hijos emancipados.
– Los hijos mayores de edad con discapacidad física, psíquica o sensorial o legalmente incapacitados, sujetos a patria potestad ampliada o rehabilitada.
– Los hijos solteros menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a aquel en que se inicie el curso escolar para el que se solicita el servicio, siempre que no tengan contrato de trabajo o hayan recursos recibidos (excepto becas) durante el año anterior.

Cuando no exista vínculo matrimonial, se entenderá que la unidad familiar está integrada por el padre, la madre y todos los hijos de los padres que convivan con ellos y que reúnan los requisitos del apartado anterior.

En caso de separación o divorcio, no se considerará miembro de la unidad familiar la persona que no conviva con el solicitante del servicio. Por otra parte, se considerará miembro computable al nuevo cónyuge o persona unida al padre/madre que conviva con el solicitante. La separación o divorcio se certificará mediante sentencia judicial que determine la misma, o convenio regulador donde conste la guarda y custodia del menor.

En cualquier momento podrá ser requerida la ampliación de la documentación acreditativa por las distintas circunstancias que se tengan en cuenta en el baremo de bonificación tarifaria.

La omisión, falsedad de los datos o documentos aportados, será motivo de negativa, con independencia de la incoación del correspondiente expediente sancionador.
NORMAS SOBRE IMPUTACIÓN DE TASAS

Los solicitantes que no presenten la documentación exigida para determinar su capacidad económica, dentro del plazo de subsanación correspondiente, abonarán la tarifa prevista para aquellas unidades familiares con una renta per cápita superior al 100% del IPREM.

BENEFICIOS FISCALES

Tendrán derecho a las siguientes bonificaciones:

• Bonificación del 30% para niños y niñas pertenecientes a familias numerosas
• Bonificación del 30% a partir de la 2º hermano/a dentro de la actividad (descuento aplicable a la 2º hermano/a y siguientes).

Los beneficios fiscales recaudados en esta sección no serán acumulables si concurren estas dos circunstancias en el mismo lugar.

La solicitud de reembolso de la tarifa debe realizarse por escrito en el momento en que se presenta la solicitud de servicio.

DEVENGO

La obligación de pago para los usuarios surge cuando la notificación de admisión al servicio se produce mediante la publicación de las listas definitivas de admitidos (la tasa a pagar se puede consultar en el Departamento de Servicios Sociales) y en la forma indicada en dicha resolución. .

La no asistencia del usuario al centro durante un determinado periodo no implica reducción o cancelación alguna de la tarifa, siempre que no se formalice la correspondiente cancelación con al menos quince días de antelación al inicio de cada turno.

NORMAS DE GESTIÓN

Los usuarios pagarán el servicio mediante transferencia bancaria al número de cuenta designado en la decisión de admisión y siempre antes de comenzar a recibir el servicio.

Sólo se devolverán las cantidades abonadas en caso de imposibilidad de utilizar el servicio por causa de fuerza mayor no imputable al interesado. Estas causas deberán estar debidamente justificadas en la solicitud de devolución que se formule, debiendo acompañarse a la misma los justificantes pertinentes. Fuera de estos casos, no se realizarán devoluciones de las cantidades abonadas.

Los pagos de los servicios deben estar al día al inicio de cada quincena solicitada.

PLAZO DE SOLICITUD:

El plazo para presentar la solicitud comenzará el lunes 16 de mayo de 2022 y finalizará el martes 31 de mayo (incluido).

Nota: Las solicitudes a entregar en la Concejalía de Servicios Sociales se entregarán en horario de 9:00 a 14:00 horas o mediante registro electrónico en la Web Municipal.

La lista de admitidos se publicará en la página web y en el tablón de anuncios del Departamento de Servicios Sociales el 6 de junio de 2022.
ACTIVIDADES:

De forma general, el ocio educativo y el tiempo libre son espacios de diversión, formación y también de profundo espíritu de convivencia. En este sentido, los programas de actividades durante el verano tienden a ser interactivos y participativos para lograr la integración e inclusión de todos los niños y participantes, combinado con un fuerte componente de educación en valores.

Fdo. Julio Ignacio Iglesias Redondo
Alcalde-Presidente del Concejo de Ares

LISTAS DEL CONSEJO 2022

Adjuntamos las cuatro listas de las quincenas de julio y agosto del Programa.

Los admitidos en cada quincena tendrán un plazo máximo para realizar el pago de la tasa, que se pondrá a su disposición a partir del miércoles 8 de junio en el Departamento de Servicios Sociales o en el Teléfono 981448354 o en el Correo electrónico

servizos .sociais@Concellodeares.Com

ADMISIONES PRIMERA QUINCENA DE JULIO: Hasta el 17 de julio.
ADMITIDO SEGUNDA QUINCENA DE JULIO: Hasta el 8 de julio.
ADMISIONES PRIMERA QUINCENA DE AGOSTO: Hasta el 22 de julio.
ADMITIDOS SEGUNDA QUINCENA DE AGOSTO: Hasta el 5 de agosto.

En el caso de no realizar ingreso, se eliminará automáticamente de la lista de admitidos y si se llama a los menores en lista de espera por estricto orden (si hacen dos llamadas telefónicas en dos días seguidos, si no contesta, pasarán al siguiente).

LISTAXES en pdf

Bases en pdf

Anexos en pdf

 

 

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